Autobuses y Autocares ACCESIBLES:
El Reglamento Europeo Nº 181/2011 sobre los derechos de los viajeros de autobús y autocar insta al Ministerio de Fomento y las empresas prestadoras de servicios al cumplimiento del reglamento europeo sobre los derechos de los viajeros en autocar y autobús por carretera que entra en vigor hoy 1 de marzo. Entre otras, incluye una serie de medidas destinadas a salvaguardar los derechos del Colectivo de las Personas con Discapacidad y Movilidad Reducida, por lo que: a partir de ahora no se podrá denegar una reserva, billete o embarque por motivo de discapacidad o movilidad reducida. Además, las mejoras para el colectivo, incluidas en el Real Decreto 1544/2007 y Decreto 293/2009, suponen la obligación de disponer de plazas reservadas en las estaciones con aparcamientos públicos, itinerarios exteriores e interiores accesibles, y mostradores, máquinas expendedoras, entradas y aseos accesibles. Pues bien amigos, hasta aquí la teoría. Hace solo unos días me personé con mi ...